"Ilegalidad" de la huelga en el CNP o de cómo al perro flaco se le pegan las pulgas


Hoy sábado 22 el Juzgado de Trabajo declaró ilegal la huelga de las y los trabajadoras/es del Consejo Nacional de Producción (CNP) y he aquí un extracto del fondo de la sentencia:

Extracto de la sentencia (fondo)
del Juzgado de Trabajo

De este modo, el Poder Judicial emite la primera resolución en cuanto a las denuncias planteadas por las instituciones sobre la legalidad de la huelga general convocadada por el movimiento sindical desde el pasado 10 de septiembre.

Así, tras leer este extracto, me llama la atención el carácter reduccionista de la argumentación por cuanto afirma que sólo es motivo de huelga aquello vinculado directamente a la relación obrero-patronal.

Además - y anoto que no soy pro Albino y que encuentro que en general el fondo de la sentencia tiene aspectos interesantes - difiero claramente en separar el derecho a huelga y el derecho a la participación política porque la pregunta medular es la siguiente: si no es con su trabajo, ¿con qué presiona la clase trabajadora?

Y nótese que tengo claro que una cosa es clase trabajadora y otra es burocracia privilegiada y entronizada, pero el fondo se las trae para futuros levantamientos obreros por cuanto parece sugerir que los asuntos políticos (política económica, política fiscal, política agraria, política educativa , etc.) rebasan el ámbito de la relación obrero-patronal, como si esta se inscribiera en un microcosmos aislado de los mismos.

A la vez, el fondo parece plantear que el derecho a la participación política está sujeto a horarios y, por tanto, se suspende durante el tiempo laboral, interpretación que ciertamente resulta terreno minado.

Luego, además del fondo, es interesante pensar por qué el CNP es el escogido para ejemplarizar la "disciplina patronal"; cuando dicha institución ha sido repetidamente desmantelada con las políticas de reducción del Estado y, además, es la primera en aparecer en las listas de proyectos tipo C.E.R.R.A.R.

En síntesis, una sentencia con un fondo sui generis que parece sugerir que el derecho a participar políticamente también marca tarjeta para quedar suspendido durante el turno laboral y una escogencia de actor muy "coincidente" que parece ejemplificar, además de la disciplina patronal que desea aplicarse, que "a todo perro flaco se le pegan las pulgas".

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